Mascotas: prohibida la mutilación estética


Mascotas: prohibida la mutilación estética

“El Convenio Europeo sobre Protección Animal data de 1987 y al fin España ha decidido adherirse a él. Medidas como la prohibición de la mutilación por cuestiones estéticas, el control sobre el uso de animales en publicidad y la cría, comercialización y custodia de los mismos, son algunos de sus puntos clave.”
Enviado por: ECOticias.com / Red / Agencias, 16/10/2015, 12:26 h | (32) veces leída
El convenio
Desde el 13 de Noviembre de 1987, rige en Europa el llamado que se firmó en Estrasburgo y tiene por objeto esencialmente “garantizar el bienestar de los animales en general y en particular de las mascotas y animales de compañía”.

Dicho Convenio explicita que determinadas prácticas que en nuestro país se consideraban “normales”, sean tipificadas ahora como delito, por lo cual desde el momento en el que España se adhirió al mismo, quedan terminantemente prohibidas en todo el territorio nacional.
Es importante hacer esta aclaración, ya que hasta ahora el tema estaba en manos de las Autonomías y las había que eran más permisivas que otras al respecto.

La mutilación estética
Se le llama mutilación estética a todas las prácticas que conllevan una cirugía orientada a un determinado fin estético o de practicidad para los dueños de las mascotas.
Entre ellas es muy famoso el “corte de rabo” y de orejas que se les hacía a los perros de ciertas razas como los dogo, bóxer, pitbull, doberman o caniches, entre muchos ejemplos.

También se consideraba bajo esa denominación, la sección de cuerdas vocales (por ejemplo cuando un perro ladraba mucho) y la extirpación de las garras y los dientes (generalmente en perros y gatos).
A partir de ahora, solo podrán realizarse este tipo de intervenciones si existe una razón médica avalada por un veterinario y que esté justificada como parte de un tratamiento o por razones sanitarias de fuerza mayor.

Desde hace muchos años, los colectivos de protección animal venían solicitando a los sucesivos gobiernos, que se tomaran medidas al respecto de lo que consideraban unas prácticas aberrantes, que atentaban contra la salud y la dignidad de los animales, en beneficio de la comodidad o el concepto de estética de sus dueños.
Según denunciaban, infinidad de perros han sufrido graves consecuencias tras ser operados y presentarse complicaciones posteriores y a muchos de ellos les ha costado la vida, tener las orejas y el rabo como “manda la raza”.

Desungular (extirparles las uñas) a un gato o a un perro, porque arañaran un mueble o rayaran el parquet, implicaba una mutilación completamente innecesaria, que podía evitarse con una buena educación o reducación de la mascota, cortándoles periódicamente las uñas o poniendo una alfombra.
Y si bien en comunidades como Navarra, Andalucía, Madrid, Cataluña, Aragón, Valencia y Murcia estaban prohibidas dichas intervenciones, seguían dándose casos de estas prácticas a la vista de todo el mundo.

Responsabilidades como dueño
Como no existía un marco regulatorio general, la responsabilidad de un individuo respecto a su mascota, era algo que dependía de cada comunidad y de sus propias normas.

A partir de ahora y según el mencionado Convenio si una persona tiene un animal de compañía, debe hacerse responsable, de su cuidado, salud y bienestar general.


Respecto a la cría de mascotas con fines comerciales, no puede ser realizada por personas que no estén debidamente acreditadas para ello, lo que implica poseer los conocimientos adecuados y las instalaciones sanitarias correspondientes.
Esto quiere decir que no cualquiera puede poseer un criadero. Si se tiene una perra o una gata (no importa la raza) que pare una camada, los cachorros pueden darse en adopción, pero NO se deben vender, sin ser criadores profesionales.

Uso de animales en espectáculos y publicidad
Que su perrito o gatito saliera en la “tele” era algo que le hacía mucha ilusión a algunos dueños, pero éstos no siempre eran tratados con los cuidados y el respeto que se merecían como seres vivos que son. Lo mismo sucedía a la hora de los espectáculos con animales amaestrados.
El convenio regula estas prácticas especificando que en cualquiera de estas situaciones, siempre se debe observar que no se ponga en peligro la salud y el bienestar de ningún animal.

Otras medidas
A partir de ahora no se puede entregar un animal de compañía en adopción a una persona menor de 16 años, si no existe un consentimiento expreso por parte de sus padres o tutores legales, avalando el acto de adopción y responsabilizándose del nuevo integrante de la familia.

En cuanto a los animales callejeros, se debe controlar su proliferación, prevenirla y si existe un riesgo, solventar el problema, teniendo en cuenta que las medidas que se tomen con el fin de reducir su número no causen sufrimiento, angustia o dolor a los mismos.

Una reflexión final
Aun queda mucho por hacer en favor de la lucha por una vida digna para nuestras mascotas, pero por lo menos se ha dado un paso hacia adelante y se ha comenzado a salir de la nebulosa legal que rodeaba el tema.
Desde los colectivos de protección animal se siguen reclamando medidas que ya funcionan y con éxito, en muchos otros países de Europa y del mundo como el sacrifico “cero” en las perreras municipales y la abolición del comercio de mascotas, así como la implementación de una Ley Nacional de Protección Animal.

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Un ‘delincuente’ dispara a su perro en la mandíbula y en el ojo en Barrax (Albacete)

Tras identificar a esta persona se comprobó que la carabina de aire comprimido que portaba, de su propiedad, tenía en su recámara un balín de plomo del calibre 5,5, informándole que el uso de esta arma sólo estaba autorizado en recintos homologados.
Enviado por: ECOticias.com / Red / Agencias, 16/10/2015, 10:42 h | (27) veces leída
Efectivos del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil de Munera han detenido a J.R.H., de 41 años de edad y vecino de la localidad de Barrax (Albacete), como presunto autor de un delito de maltrato animal sobre un perro de su propiedad, de raza pastor alemán.
Cuando los efectivos del SEPRONA de la Guardia Civil realizaban servicio por la carretera CM-3121 (Villarrobledo-Barrax), dentro del término municipal barrajeño, observaron en una finca próxima a dicha vía de comunicación a una persona que apuntaba con un arma larga a un perro a muy escasa distancia, según ha informado la Delegación del Gobierno en nota de prensa.
Tras identificar a esta persona se comprobó que la carabina de aire comprimido que portaba, de su propiedad, tenía en su recámara un balín de plomo del calibre 5,5, informándole que el uso de esta arma sólo estaba autorizado en recintos homologados.
El perro, de raza pastor alemán, sangraba por su ojo derecho, alcanzado por un disparo del arma, ratificando el ahora detenido que le había disparado varias veces, porque el can le había matado una gallina y había dejado herida a otra.
Una vez en dependencias policiales el detenido manifestó que en los últimos meses el perro había matado 23 gallinas de la finca donde fue identificado por la Guardia Civil.
PLOMOS ALOJADOS EN GLOBO OCULAR Y MANDÍBULA
El examen veterinario del animal evidenció la presencia de dos impactos de plomo, del calibre del arma utilizada por su propietario, uno en la mandíbula y otro en su ojo derecho, siendo practicadas unas curas de urgencia a la espera de su evolución, siendo probable que el animal sufra la pérdida de visión del ojo afectado.
Este animal ha sido entregado a una asociación protectora de animales de la capital albaceteña.
El arma utilizada en los hechos, tras ser intervenida, ha quedado depositada en la Intervención de Armas de la Guardia Civil de La Roda y a disposición de la Autoridad Judicial que entiende del caso.
Las diligencias instruidas por el SEPRONA, junto con el detenido, han sido puestas a disposición del Juzgado de Instrucción número 1 de Albacete, en funciones de guardia.
ep
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