Misma marca, menor calidad: el Parlamento Europeo prohíbe el doble estándar.
Misma marca, menor calidad: el Parlamento Europeo prohíbe el doble estándar.
Los productos vendidos con la misma marca y empaque deben tener la misma composición en todos los países de la UE: no puede haber productos estándar de la serie A y B.

La venta de productos inferiores en algunos países de Europa del Este ya no es una práctica aceptable: el Parlamento Europeo lo decidió con 464 votos a favor , 69 en contra y 17 abstenciones. La resolución se puede consultar en su totalidad en este enlace: Posición sobre productos de calidad diferenciada en el mercado único.
¿Por qué se tomó esta disposición?
Numerosas investigaciones realizadas en varios Estados miembros han demostrado que en el mercado único de la UE hay productos que a primera vista parecen ser los mismos, dado elnombre comercial , el modelo de empaque y la publicidad, pero que tienen composiciones muydiferentes en términos de Receta, de la materia prima básica utilizada o de su porcentaje en el producto, dependiendo del país en el que se compren. Además, no puede excluirse que estos resultados relativos a la calidad diferenciada de los productos no se limitan a alimentos y bebidas, sino que también pueden afectar a bienes de consumo, como detergentes o productos de higiene.
Según un estudio legal realizado por los expertos de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Palacký de Olomouc (República Checa), el problema de los productos de calidad diferenciados en diferentes Estados miembros o en los diversos mercados regionales y locales se puede observar en las siguientes prácticas:
- el productor coloca en el mercado productos que tienen un sabor y una composicióndiferentes (en los que, por ejemplo, el ingrediente principal es diferente), pero que tienen el mismo aspecto o similar en términos de empaque (indistinguible para el consumidor);
- El productor coloca productos de calidad completamente diferentes en el mercado , pero con el mismo empaque;
- el productor vende productos de diferente peso , pero con una apariencia idéntica o similar en términos de empaque (indistinguible para el consumidor);
- En la fase de colocación de un nuevo producto en un mercado determinado, la empresa fabricante utiliza un producto con una composición de mayor calidad (por ejemplo, una mejor calidad de ingredientes en el producto) para atraer la atención de los consumidores y crear el hábito de consumo del producto; sin embargo, después de un cierto período, la receta se modifica , sin ningún cambio obvio en el empaque del producto (excepto la composición del producto, escrita en pequeño en la parte posterior de la etiqueta).
La empresa de fabricación realiza todas estas acciones sin llamar la atención del consumidor de manera clara , explícita , transparente e inequívoca sobre el hecho de que el producto en cuestión es un producto diferente, en el que la composición, el peso, la calidad u otras características relacionadas difieren. De ello se deduce que cuando un consumidor de un determinado país reside en el territorio de otro Estado miembro, no puede estar seguro de que un producto que conozca y tenga ciertas características en su país de origen coincida con el producto que está comprando en el Estado en el que vive actualmente. .

La resolución pone fin a esta práctica en favor de una mayor transparencia y afirma que:"aunque no viola los principios de la economía de libre mercado o las normas actuales sobre etiquetado u otras regulaciones alimentarias, esta práctica constituye en cualquier caso un abuso de identidad de marca y, por lo tanto, se opone al principio de igualdad de trato para todos los consumidores ".
El enfoque en este problema fue sacado a la luz en 2017 por Olga Sehnalová, del Partido Socialdemócrata Checo, quien declaró:
"Si un producto se ha adaptado por cualquier motivo, el consumidor tiene derecho a ser informado de manera clara y transparente. Quiero que los consumidores europeos finalmente se sientan tratados de la misma manera, independientemente del país de donde provengan. No debería haber consumidores de segunda clase en la UE, ni productos de segunda clase ".
Lea el informe producido en junio de 2017: Calidad dual de los productos alimenticios de marca.Abordar una posible división este-oeste
Los estudios realizados:
Se han realizado algunas pruebas para bebidas, carne, pescado o productos lácteos, tés y dulces.Las varas de pescado contenían menos pescado en Eslovaquia que en Austria (58% contra 65%).No se usó naranja para bebidas de naranja en Eslovaquia y la República Checa, mientras que las vendidas en Alemania contenían un 3% de concentrado. En Hungría, 71 productos de los 96 eran diferentes de los mismos productos vendidos en Italia y Austria. También se encontraron diferencias para los cosméticos, detergentes y alimentos para mascotas.
Adaptar los productos a los gustos , preferencias y precios locales es una práctica estándar e incluso puede ser legal. La diferencia de sabor podría derivarse del uso de ingredientes locales en fábricas locales o menos costosas para adaptarse al poder de compra local. Pero en este caso, los precios fueron los mismos o más altos sin ninguna indicación en el paquete. "Si los fabricantes desean cambiar su producto y venderlo bajo la misma etiqueta, los consumidores deben conocer las diferencias en cada caso específico, de lo contrario serán estafados " , dijo Sehnalová.
El pasado mes de abril, la Comisión de la UE presentó una propuesta de directiva contra el doble estándar, sobre la cual el Parlamento Europeo se expresará en noviembre de 2018: el New Deal for Consumers pretende garantizar que todos los consumidores europeos disfruten plenamente de los derechos reconocidos. de la legislación de la Unión .
El primer borrador de esta directiva no convence actualmente a todos los eurodiputados. De hecho, la relatora de la resolución que acaba de aprobar, Olga Sehnalová, se expresa así:
" Debemos garantizar que las prácticas engañosas estén prohibidas y que las iniciativas propuestas no sigan siendo una letra muerta. Esta es la razón por la que la modificación de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales, propuesta por la Comisión Europea el pasado abril, es un buen punto de partida. Sin embargo, se requieren varias aclaraciones para una operación efectiva. No debe haber productos o consumidores de segunda clase en la UE ".
En la transparencia de la etiqueta, lea este estudio en profundidad:
https://www.osservatorioveganok.com/stessa-marca-qualita-inferiore-il-parlamento-europeo-vieta-il-doppio-standard/
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