«El uso del término ‘sostenible’ supone una competencia desleal para la producción ecológica»
«El uso del término ‘sostenible’ supone una competencia desleal para la producción ecológica»
Diversas entidades representantes del sector ecológico, como SEAE (Sociedad Española de Agricultura Ecológica y Agroecología), Associació Empresarial per l’Agricultura Ecològica (AE2), Associació Vidasana, Xarxa Agroecològica de Menjadors Escolars (XAMEC), Associació l’Era y Coopconsum (sectorial dentro de la Federació de Consumidors i Usuaris de Catalunya (FCCUC)) han transmitido a la Comisión Europea su preocupación ante la propuesta de Ley para el uso de la marca de certificación de «Producción Agraria Sostenible» (PAS) elaborada por el Departament d’Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació (DARPA).

Tras el fracaso de la Producción Integrada desde su introducción hace más de dos décadas, la Generalitat de Catalunya inició en septiembre de 2021 inició los trámites del anteproyecto de Ley de Producción Agrícola Sostenible. Siguiendo el transcurso de este proceso, el Gobierno y la Generalitat de Catalunya han notificado este proyecto de Ley a la Comisión Europea, con su registro en el Sistema de Información de Regulación Técnica (TRIS), concretamente el pasado 13/12/2024. Tras ello, quedó abierto el plazo para observaciones, que ha finalizado el 17/03/2024.
Desde los primeros trámites, el sector ecológico ha manifestado sus objeciones, primero ante la Generalitat y ahora, ante la Comisión Europea. El desacuerdo principal del sector ecológico se basa en el uso del término «sostenible» como marca: «este hecho genera confusión y, además, resulta un engaño para los/as consumidores/as. Utilizar ‘sostenible’ para evocar características que no están garantizadas por los criterios propuestos en la Ley, infringe el Reglamentos (UE) n.º 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, sugiriendo que los productos amparados bajo esta Ley presentan características especiales. Pero en realidad, todos los alimentos similares poseen esas mismas características», señalan las entidades ecológicas.
De igual manera, advierten que «vulnera la Directiva 2005/29/CE, relativa a las prácticas desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, al inducir a error al consumidor medio y puede hacerle tomar una decisión sobre su compra que de otro modo no habría tomado».
¿»Sostenibilidad»?
La producción ecológica es el «único sistema de producción sostenible legalmente definido y regulado en la UE (por el Reglamento 848/2018)»
En cuanto a la sostenibilidad ambiental, las entidades cuestionan el uso del Análisis del Ciclo de Vida (ACV) como el de la Huella Ambiental del Producto (HAP) como metodologías, por no ser aplicables para la producción agroalimentaria. En el caso de la HAP recuerdan que «no está aceptado como tal para los sistemas agroalimentarios, puesto que no considera su complejidad ni la diversidad de factores que los condicionan». Y explican: «Entre otros aspectos, la HAP no contempla el uso de insumos como los plaguicidas, los efectos sobre la biodiversidad, la calidad del suelo, la deforestación, así como muchos otros límites planetarios».
Por otro lado, el grueso de las prácticas de sostenibilidad social que «supuestamente garantizaría la Ley, se limitan al cumplimiento de la normativa obligatoria», afirman las entidades ecológicas. «Tampoco acierta con el análisis de la sostenibilidad económica al considerar los ingresos netos como la simple diferencia entre los ingresos totales y los gastos totales, obviando aspectos fundamentales para la sostenibilidad económica real, ni estableciendo cómo debe tenerse en cuenta la retribución del trabajo familiar».
Entidades de referencia del sector ecológico – estatal y catalán – solicitan a la Unión Europea «que no permita el uso indebido del término Sostenible en la producción agraria»
Además, las entidades destacan que «el uso del término «sostenible» supone una competencia desleal para la producción ecológica, que lleva décadas demostrando su sostenibilidad y que además, está sujeta a estrictos controles que garantizan cumplir con las cualidades que se le atribuyen». En cambio, «la norma técnica para la evaluación de la sostenibilidad es mucho menos estricta que la certificación ecológica, permitiendo incluso el uso de insumos químicos y de transgénicos. Es un greenwhasing en toda regla».
Desde la organización paraguas del sector ecológico europeo, IFOAM Organics Europe, se ha registrado igualmente una contribución en el TRIS, en la que se señala que «la agricultura ecológica es el único sistema de producción sostenible legalmente definido y regulado en la UE (por el Reglamento 848/2018). El Plan de Acción Ecológico de la UE (2021) tiene como objetivo desarrollar tanto la producción como el consumo de productos ecológicos, y la nueva Visión de la UE para la Agricultura y la Alimentación (2025) reconoce la contribución esencial de la agricultura ecológica a la renovación generacional y que el apoyo continuo a la agricultura ecológica sigue siendo esencial, especialmente en el contexto de la salud del suelo y la protección de los recursos naturales».
https://www.bioecoactual.com/2025/03/26/uso-termino-sostenible-competencia-desleal-para-produccion-ecologica/?latest
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